Iniciativa de ley establece un control fiscalizatorio a los proyectos sometidos al SEIA

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Buscando avanzar en materia de sustentabilidad y equilibrio ecológico, un grupo transversal de diputados, encabezados por Marcos Espinosa (PRSD), presentó un proyecto que modifica la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente para establecer un control fiscalizatorio intermedio a los proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La moción, enviada a estudio a la Comisión de Medioambiente, fue ingresada el pasado martes 20 de octubre por el diputado Espinosa, junto con los diputados Tucapel Jiménez (PPD), Daniel Melo (PS),Fernando Meza (PRSD), Marco Antonio Núñez (PPD), Leopoldo Pérez (RN), Ricardo Rincón (DC) yAndrea Molina (UDI).

“El objetivo del presente proyecto es, precisamente, dotar de mayor poder fiscalizatorio a los entes del Estado ligados con el control y cuidado de nuestro medio ambiente, los que podrán revisar si la norma medioambiental se está cumpliendo en forma, no solo al inicio de un proyecto determinado, sino que también durante su etapa de desarrollo”, explicaron.

De acuerdo con lo informado la web de la Cámara de Diputados, los legisladores ahondaron que el control fiscalizatorio que se propone aparece como una necesidad ante los grandes problemas de contaminación en distintos puntos de nuestro país, en particular, con lo ocurrido en el famoso caso “Galpón”, en la ciudad de Antofagasta, donde se aprecia la importancia de tener un estricto control dada la preponderancia de intereses particulares y económicos que se privilegiaron por sobre el medio ambiente y el bienestar de la población.

“La modificación que se propone mediante la presente iniciativa es incorporar en la Ley 19.300 un control fiscalizatorio intermedio a todos los proyectos sometidos a los procesos de Estudio de Impacto Ambiental y Declaración de Impacto Ambiental, cuya duración sea igual o superior a cuatro años. El control será intermedio pues se dará a la mitad del tiempo de duración del proyecto en cuestión”, especificaron.

Plantearon que el cambio es necesario para dar rango legal a lo que hoy es una materia abordada solo a nivel de reglamento y que, por tanto, está sujeta a la visión de cada gobierno de turno.

La modificación especifica que, tanto para los Estudios o Declaraciones de Impacto Ambiental, se deberá llevar a cabo un control fiscalizatorio intermedio en aquellos proyectos cuya duración supere los cuatro años, contados desde la fecha de la resolución de calificación ambiental que lo aprueba.

De igual manera, se define que la fijación de multas y sanciones para el caso de incumplimiento en la evaluación fiscalizatoria intermedia será determinada mediante un reglamento que se dictará para tales efectos, con posibilidad de cierre en caso de negativa o atraso en el incumplimiento de lo estipulado por este.

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