Corte Suprema rechazó anular aprobación ambiental de Embalse Punilla

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 La Corte Suprema de Justicia, de forma unánime, rechazó el recurso de Casación presentado por la alcaldesa de la comuna de San Fabián de Alico, Lorena Jardua, en contra de la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental, que buscó la revisión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Embalse Punilla, en la Región del Bío Bío.

El proyecto “Embalse Punilla”, cuyo titular es el Ministerio de Obras públicas (MOP), ingresó el 14 de mayo del 2004 al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, recibiendo su aprobación por parte de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Bío Bío el 15 de noviembre de 2010. Posteriormente, en agosto de 2013, la alcaldesa de San Fabián de Alico solicitó a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Bio Bío la revisión de la RCA, basando su presentación en la modificación sustantiva de variables ambientales ya evaluadas. El 28 de marzo de 2014 el Servicio de Evaluación Ambiental resolvió no acoger a trámite la solicitud de revisión presentada por la alcaldesa. Esto dio lugar a la presentación de una Reclamación ante el Tercer Tribunal Ambiental, que finalmente resolvió rechazar dicha presentación por no haberse agotado la vía administrativa, tal como lo ordena la Ley que otorga competencias a los Tribunales Ambientales .

PROYECTO

El proyecto Embalse Punilla está localizado en las comunas de San Fabián de Alico y Coihueco, provincia de Ñuble, VIII Región del Bio Bío. El proyecto consiste en un embalse multipropósito que permitirá generar energía hidroeléctrica con una producción que alcanzaría a los 525 GWh como promedio anual con una potencia nominal de 94 MW. Asimismo, según el solicitante, el embalse permitirá asegurar y extender el riego en el valle del río Ñuble, que corresponde a una superficie de 66.000 ha en las comunas de Coihueco, Chillán, Ñiquén, San Carlos, San Fabián y San Nicolás.

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