Contaminación acústica de carreteras y aeropuertos: ¿cómo se aborda en Chile?

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La mayoría de los países en Sudamérica, por ejemplo, Chile y Perú, no cuentan con una norma nacional de ruido específica para la operación de carreteras o aeropuertos. Dada esta situación y de acuerdo a lo indicado en la legislación, ante la ausencia se debe usar normativa de referencia, dentro de los cuales se destaca:

Al revisar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se puede apreciar que en los proyectos principalmente se evalúa su impacto con respecto a los documentos antes indicados, generando una resolución de calificación ambiental, la cual indica cuáles son las exigencias que debe cumplir el proyecto con respecto a estos estudios; de manera más simple, se podría hablar de condiciones para su construcción y operación.

Los más afectados con esta contaminación

A pesar de que la contaminación acústica es muy importante, no se había reconocido sino hasta hace unos años atrás, con respecto a otros tipos de contaminación, por lo que, con mayor razón, es importante hacer conciencia sobre estos problemas, ya que, por su naturaleza no resulta ser tan evidente. Por ejemplo, es muy probable que un afectado a contaminación acústica no sepa donde hacer denuncias y si las realiza, es probable que no sea en la entidad apropiada.

Si el tipo de contaminación que afecta a un receptor se trata del ruido asociado a una carretera, autopista o aeropuerto, la denuncia se debe a realizar ante la Superintendencia del Medio Ambiente. A partir de este tipo de denuncias, se puede generar que la entidad aplique un mecanismo de seguimiento al proyecto y además, de la revisión de su Resolución de Calificación Ambiental. En el caso del aeropuerto de Santiago, Arturo Merino Benítez, existen otros documentos asociados al respecto que se pueden verificar en la web del Dirección General de Aeronáutica Civil.

Problemas con la fuente de ruido

Si el problema de ruido es directamente con un vehículo, por ejemplo, un auto con tronadores o moto con tubo de escape libre, la ley que se aplica es la de tránsito. En el artículo 81° se indica que: los vehículos no deben transitar con el escape libre y tienen que estar provistos por silenciadores.

En el caso de hacer una denuncia relacionada con este problema, se debe realizar en la Subsecretaría de Transportes.

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